Investigación dirigida por la Fiscalía de Antofagasta con colaboración de Carabineros logró acreditar los delitos perpetrados el 31 de octubre del 2020, en la comuna de Antofagasta.
Tras una acusación presentada por la Fiscalía Local de Antofagasta, el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de la ciudad pronunció la sentencia definitiva, vía telemática, en que condenó a Humberto Manuel Pinto Loyola, de nacionalidad chilena, (29 años) a las penas de 3 años y 1 día de presidio de presidio menor en su grado máximo como autor del delito consumado de lesiones graves y 541 días de presidio menor en su grado medio, por el delito de desacato, ambos en contexto VIF.
Hechos perpetrados el 31 de octubre del 2020 en la comuna de Antofagasta. Investigación conjunta Ministerio Público y personal de Carabineros.
El sentenciado también obtuvo la sanción accesoria de acercarse a la víctima a su domicilio, lugar de trabajo o estudios así como cualquier otro lugar que concurra habitualmente por un plazo de 2 años, a contar de la fecha de la sentencia ejecutoriada.
Al respecto, el Fiscal Adjunto de Antofagasta, Alberto Gallegos Morales, destacó que las condenas contra el acusado “en especial, porque la víctima no asistió a declarar”.
Asimismo, el Fiscal Gallegos añadió que “el Ministerio Público pudo acreditar los delitos gracias a la presentación de pruebas periciales y documentales junto a declaraciones de testigos y de carabineros”.
EL CASO
Según los antecedentes dados a conocer durante el juicio, los hechos ocurrieron el 31 de octubre del 2020, en horas de la mañana, cuando el acusado se trasladó hasta las cercanías del domicilio de la madre de la víctima, comuna de Antofagasta. Previamente, el acusado abordó a la víctima en la vía pública forzándola para que ingresara al vehículo, y ante su resistencia, la agredió con un objeto corto punzante, tipo cuchillo, causándole heridas en sus dedos y brazos, cuero cabelludo y tres heridas puntiformes en el hemitórax, de carácter grave.
Cabe destacar, que el acusado al momento de abordar a la víctima quebrantó la prohibición absoluta de acercarse a su ex conviviente.